INFORMACIÓN GENERAL

Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados

13:27hs
domingo 15 de enero, 2017



 

La oficina local de ANSES dio a conocer los requisitos y pasos a seguir para efectuar el trámite o ingresar al Programa de Reparación Histórica.

La Ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados alcanza a personas que hayan iniciado juicio y tengan sentencia firme, con juicio iniciado sin sentencia firme y a personas sin juicio. Según explicaron desde Anses, el programa propone la aceptación voluntaria que reconoce el derecho de los jubilados y pensionados que se encuentran en proceso judicial contra la ANSES, a actualizar sus haberes en función de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de las Cámaras de la Seguridad Social y de las Cámaras Federales, mediante la firma de un acuerdo.

El director de ANSES Berisso Jorge Marc Llanos explicó que los jubilados y pensionados pueden hacer sus consultas presentando sólo el DNI en las oficinas locales de ANSES (Edificio Polígono Industrial, Av. Montevideo y 2) de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas; o comunicándose telefónicamente a la línea gratuita 130. Quienes estén interesados o tengan alguna duda podrán también consultar en Mi ANSES con Clave de la Seguridad Social (ingresando a www.anses.gob.ar). A través de estas instancias podrán saber si son alcanzados por el Programa de Reparación Histórica.

“Aquellos que son parte del Programa y conocen el monto de su haber actualizado, para formalizar el acuerdo con ANSES, deberán contar con un abogado. Cuando no se inició juicio, el trámite es gratuito, ya que ANSES se hace cargo de los honorarios de los profesionales”, aclaró Marc Llanos quien aclaró además que jubilados, pensionados y sus abogados deben tener registrada la huella dactilar.

“Los titulares que todavía no la registraron, podrán hacerlo en el banco en el que cobran habitualmente sus haberes o en cualquier delegación de ANSES con turno previo”. Una vez que ANSES recibe la notificación de la homologación del Acuerdo por parte del juzgado, se registra la novedad en la base de datos y se realiza la liquidación correspondiente que podrá visualizarse en el recibo de sueldo. Seguidamente, deberán aceptar los Términos y Condiciones del Acuerdo en Mi ANSES e ingresar los datos del representante legal designado consignando número de C.U.I.T quien deberá aceptar la designación realizada por el Titular y los términos y condiciones del Acuerdo a través de la Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES.

Una vez aceptados, se le otorgará el turno para la firma del Acuerdo en las oficinas de ANSES. Quienes no iniciaron juicio pero presentan el mismo derecho, tendrán una propuesta de ajuste de su jubilación siguiendo los mismos parámetros y metodología. Así el jubilado o pensionado, su abogado y ANSES acordarán ante un Juez el ingreso al Programa y consecuentemente el fin del juicio o la no iniciación del mismo. “Quienes deciden rechazar la propuesta o no ingresar al Programa, seguirán cobrando su haber actual. Si están en juicio, una vez concluido el mismo ANSES acatará la sentencia”, afirmó Marc LLanos.

Trámite de Pensión Universal

Las personas con 65 años o más que no cobran ninguna jubilación o pensión, podrán acceder a la Pensión Universal, una prestación de carácter vitalicio que otorga ANSES.

Este beneficio les permitirá tener un ingreso mensual, una cobertura de salud y podrán acceder a la asignación familiar por hijo, por hijo con discapacidad, cónyuge y ayuda escolar anual.

Los titulares, podrán seguir trabajando para alcanzar los años requeridos de aportes, que le permitan acceder luego a una jubilación ordinaria.

Quienes accedan a este beneficio deberán tener 65 años o más de edad, ser argentino o argentino naturalizado con 10 años de residencia en el país anteriores a la solicitud, o extranjero con una residencia mínima de 20 años; no contar con ninguna prestación otorgada por cualquier régimen de previsión, ni cobrar la Prestación por Desempleo.

En el caso de percibir una prestación de las enunciadas y pretender percibir la Pensión Universal para el Adulto Mayor, deberá realizar la opción en forma fehaciente y solicitar, en caso de corresponder, la baja del beneficio incompatible. Otro de los requisitos indica que se debe mantener residencia en el país una vez solicitada la pensión. Por última quien acceda al programa deberá contar con la información del titular y su grupo familiar registrada en las bases de ANSES. En Mi ANSES, puede consultar las relaciones familiares registradas.

Según detalló el funcionario, el monto a percibir será equivalente al 80% de una jubilación mínima y se actualizará 2 veces al año por la Ley de Movilidad. Por su parte, el trámite deberá realizarse de manera presencial y con turno previo presentando DNI en la oficina de ANSES correspondiente.

Para más información quienes cumplen con esos requisitos pueden dirigirse a las oficinas de ANSES Berisso, que funcionan en el Edificio Polígono Industrial, ubicado en Av. Montevideo y 2, de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas o comunicarse telefónicamente a la línea gratuita 130.

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