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Piden que se revea sentencia de policías condenados por el caso Cannizzo

17:59hs
viernes 15 de octubre, 2021



Familiares, allegados y compañeros de la fuerza de los policías Ernesto Conti y José Antonio Cácere cuestionaron la condena que recae sobre los uniformados en el marco de la causa que investigó la muerte de Ariel Cannizzo, hombre de 33 años cuyo deceso se produjo en 2011 en sede de la comisaría Berisso Cuarta.

La investigación del hecho estuvo a cargo de la UFI 6 encabezada por el Dr. Carlos Romero y la autopsia ordenada, aseguran desde el entorno de los policías, determinó en aquel entonces que el desenlace tuvo que ver con una ‘muerte natural, sin lesiones, por consumo de alcohol y sustancias”, en contraposición a lo afirmado por la familia de Cannizzo y por representantes de la Asociación Civil Miguel Bru, quienes aseguraron, como lo convalidó luego la Justicia, que el hombre murió luego de recibir una ‘brutal paliza que le ocasionó contusión cerebral, traumatismos y hemorragias internas’.

En 2015, el caso fue elevado a juicio oral, el que se llevó a cabo en abril de 2019, luego de que la caratula pasara de ‘apremios ilegales’ a ‘homicidio agravado’. El Tribunal Oral en lo Criminal I condenó a cadena perpetua tanto a los policías mencionados como a otros dos uniformados, Roberto Percuoco y Ricardo De la Canal, quienes en 2020 terminaron absueltos por decisión del Tribunal de Casación Penal.

“Llegaron al juicio en libertad. No estuvieron ni sumariados por asuntos internos. Siempre estuvieron a derecho y cumpliendo con su función. Pasaron casi nueve años desde el hecho a su detención. Sabiendo de su inocencia, esperaron que se hiciera justicia, cosa que no sucedió”, argumentan compañeros de los sentenciados, pidiendo reservar su identidad. “Si llevás uniforme, lo más probable es que el sistema te arruine la vida”, consideraron también al pedir que se revise el fallo, mencionando que las familias de ambos condenados subsisten gracias a la ayuda de sus amigos.

Desde su perspectiva, el tribunal que firmó la sentencia no valoró en su justa medida algunas situaciones, testimonios y pruebas que se volcaron en el expediente. En tal sentido, argumentaron que se desconoció una pericia judicial (la de la Asesoría Pericial a cargo de la Dra. Sánchez y el Dr. Granillo Fernández) que marcaba que Cannizzo exhibía una “insuficiencia cardiaca aguda secundaria a un edema agudo de pulmón de estirpe tóxica”. Observaron además que el perito de parte de la querella expuso su versión de los hechos en base a fotografías, ‘contradiciendo’ a profesionales de la Asesoría Pericial que participaron de la autopsia. Por otra parte, advirtieron que no fueron valorados los testimonios que brindaron los efectivos policiales que se desempeñaban en las comisarías Tercera y Cuarta en el momento de los hechos, ni los que surgen de la actuación del Cuerpo Médico y de una persona que compartió calabozo con Cannizzo el día de su muerte. Esos testimonios, sostienen, probarían que el detenido no exhibía señales de haber sufrido violencia física al llegar al calabozo.






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