POLÍTICA

Proponen crear una Oficina Anticorrupción local

9:50hs
sábado 13 de mayo, 2017


De prosperar la iniciativa del ex-concejal Oscar Alcoba, los vecinos podrían denunciar acciones reñidas con la ley y la moral de funcionarios o particulares vinculados al Estado.


El pasado 19 de abril, el abogado y ex-concejal Oscar Alcoba presentó en el HCD una iniciativa orientada a que se cree una Oficina Anticorrupción Municipal.

La iniciativa, explica Alcoba, nace de la necesidad de establecer un mecanismo concreto de aplicación y control ‘del correcto comportamiento de los agentes y funcionarios públicos’, promoviendo valores éticos y legales para el ejercicio de la función pública.

Entre los Considerandos que exhibe el proyecto figura el que establece que la corrupción ‘es un obstáculo para paliar la pobreza y promover el desarrollo’. En sintonía con un fallo emitido en 2016 por la Cámara Federal de La Plata, también se habla de la importancia de que los delitos de corrupción sean ‘imprescriptibles’ para que quienes estén acusados, tarde o temprano puedan ser juzgados.

“Es necesario establecer medidas y acciones específicas que garanticen el correcto desempeño de los funcionarios públicos y agentes de la dependencia municipal basados en el principio constitucional de publicidad de los actos de gobierno que obliga a los funcionarios a manifestarse y actuar con veracidad y transparencia, evitando verse involucrados en situaciones que pudieran comprometer su imparcialidad y haciendo uso de las prerrogativas del cargo para la obtención de beneficios personales”, se desprende de la redacción del proyecto.

En igual sentido, se invoca la necesidad de establecer mecanismos formales para el control de las acciones de los funcionarios “que permitan terminar con la corrupción desde el núcleo primario en el cual se desenvuelven funcionarios y ciudadanos que es el Municipio”.

La creación de una OA local, considera Alcoba, es una oportunidad para comprometer a todos los eslabones de la administración del Estado con la transparencia, permitiendo a los vecinos ejercer su derecho de conocer a los responsables de actos indecentes ‘a través de un organismo independiente’.

Inspiración constitucional

La iniciativa se presenta en sintonía con el compromiso asumido por la Argentina a través de la Ley N° 24.759 y con la Convención Interamericana contra la Corrupción, primer instrumento internacional mediante el cual los Estados de América definen objetivos y adoptan obligaciones, no sólo desde el punto de vista político, sino también jurídico, en la lucha contra la corrupción a partir de conductas guiadas por la probidad, prudencia, justicia, templanza, idoneidad y responsabilidad.

También se inspira en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, que en su Artículo 3º consigna que los actos de corrupción ‘agravian y lesionan la sustancia del orden constitucional’. De igual manera, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en sus Artículos 241 y 242, establece la responsabilidad de los funcionarios municipales ‘por los actos que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar, excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos’.

A través de su presentación, Alcoba considera que una Oficina Municipal Anticorrupción contribuirá a mejorar la relación del Estado Municipal con la sociedad, contribuyendo a ‘velar, fiscalizar y garantizar el comportamiento de los funcionarios públicos de acuerdo a su responsabilidad políticas a través de controles, recepción de denuncias e investigación de las causas que correspondan’.

Misiones y atribuciones

La Oficina tendría una actuación independiente, autárquica y descentralizada respecto al Poder a controlar. El área estaría a cargo de un Director y funcionaría con personal necesario en función de los requerimientos administrativos. El Director -que estaría en funciones durante 4 años- debería seleccionarse mediante el sistema de concurso público y por puntaje, garantizando un procedimiento público y participativo.

En ese plano, se propone como requisito que los postulantes sean ciudadanos argentinos y abogados con no menos de cinco años en el ejercicio de la profesión.

En cuanto a misiones y atribuciones del área, se enumera que la oficina deberá promover el control del cumplimiento de los valores y pautas éticas de los funcionarios; investigar, de oficio o por denuncias que hicieran particulares o agentes públicos, casos de abuso, desviación de poder y todo tipo de irregularidades que impliquen presuntos actos de corrupción; efectuar la investigación preliminar de los hechos de los funcionarios públicos, concesionarios de servicios u obras públicas o contratistas con el Municipio a los que se atribuya la comisión de algún acto de corrupción dentro de su ámbito de competencia o que puedan ser calificados como delitos contra la administración pública; llevar adelante las investigaciones del caso e implementar las medidas administrativas necesarias para esclarecer la situación.

Además, se habla de la necesidad de resguardar la identidad del denunciante en caso de que lo solicite, así como de no dar curso a denuncias ‘cuando se advierta mala fe’ o se carezca de fundamentos. En el caso de encontrar transgresiones a las normas administrativas, con dictamen fundado, los casos deberían elevarse a la autoridad correspondiente, para que se instruyera el sumario respectivo. De ser viable se radicaría la denuncia penal en la fiscalía de turno, previa notificación al implicado. Caso contrario se archivarían las actuaciones.

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