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Se posterga el inicio del Juicio Oral por el caso Mía Aguirre

8:11hs
jueves 14 de noviembre, 2019


La pequeña niña de tres años murió en 2014 en el Hospital de Niños luego de experimentar un severo maltrato físico y psicológico por parte de su progenitora y la pareja de ésta.


Un caso que en 2014 sacudió la opinión pública y que derivó en una investigación en la que también se puso el foco en el papel que jugaron representantes del Estado.

Mía tenía tres años y murió el 24 de septiembre de 2014 como consecuencia del maltrato que sufrió por parte de su progenitora y el concubino de ésta. El último mes de vida lo pasó internada en estado de coma.

La pequeña había llegado el 20 de agosto al hospital Larrain con su mamá, quien al ponerla en manos de los profesionales aseguró que ‘se había caído’.

Cuando la evaluaron, los médicos advirtieron que tenía hematomas en la cabeza, el abdomen y en los cuatro miembros, además de fracturas de cúbito y radio izquierdo y fractura costal del lado derecho. Debido a la gravedad de las lesiones, que le ocasionaron un paro cardiorespiratorio, sería derivada al Hospital de Niños.

La nena, que fue criada por su abuela materna Rosana Allegre, había sido restituida con su progenitora después de que así lo determinara la justicia en el mes de abril, a pesar de las advertencias de que la pequeña iría a un lugar de costumbres ‘promiscuas y violentas’. Esta situación había sido expuesta frente al Juez de Familia Hugo Rondina, sin encontrar respuestas positivas.

Argañaraz y Cabrera fueron detenidos el mismo día en que murió Mía.

Ahora, será el Tribunal Oral Nº 1 el encargado de evaluar la situación de los imputados. Cabrera (progenitora de la nena) está acusada de homicidio agravado por el vínculo. Su pareja de entonces, Sergio Nicolás Argañaraz, de abuso sexual con acceso carnal agravado. El inicio del juicio, previsto originalmente para hoy, quedó suspendido (con nueva fecha a determinar) debido a que la fiscal Silvia Langone está con carpeta médica para recuperarse de una reciente operación.

Según se detalla en el expediente que “aún cuando no se hayan podido conocer los móviles que determinaron los acontecimientos, cómo se desarrollaron y la actividad desplegada por cada uno de los imputados, el cúmulo de pruebas e indicios obtenidos determinan que como mínimo uno de ellos realizó las conductas típicas o los dos conjuntamente, en tanto el otro consintió, toleró y no evitó  -a través de los medios a su alcance- la producción de los resultados, teniendo en consideración que el maltrato sufrido por los niños se prolongó en el tiempo. No es posible que los ilícitos se hubieran podido cometer sin el silencio y la complicidad de ambos padres”.

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