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Taxis locales van cambiando de color

9:43hs
viernes 7 de enero, 2022



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El Concejo Deliberante aprobó en el último tramo de 2021 modificaciones solicitadas por titulares de taxis e impulsadas desde el Ejecutivo Municipal en relación a las Ordenanzas Municipales 2322/99 y 2885/06 que se refieren a la actividad del sector.

Como datos significativos surgen de estas modificaciones el uso progresivo de nuevos colores en las unidades y la incorporación del Contrato de Administración de Habilitaciones de Taxis, que regulariza así los alquileres de licencias que se practicaban en el distrito.

Diseño novedoso

Con las modificaciones aprobadas sobre la Ordenanza 2322/99 se determinó que los taxis lleven nuevos colores con los que son identificados. Por el momento son tres los vehículos que circulan con los flamantes motivos, aunque en las próximas semanas se sumarán algunos otros.

El director municipal de Transporte, José Rotondo, explicó que la norma se aplicará cada vez que se renueve una unidad, contemplándose una prórroga de 24 meses en cada caso. “No es algo compulsivo, ni es que todos tienen que salir a pintar sus autos de inmediato. Si alguien compró recientemente un coche de color negro se lo respetará por el plazo de dos años”, indicó.

De esta manera, circularán en el distrito taxis con los anteriores y los nuevos colores, hasta que la totalidad del parque taxímetro sea renovado según la legislación, lo que demandará varios años.

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Conforme a los cambios efectuados a la norma, la carrocería de los taxis deberá ser ahora de color blanco (según carta de colores Norma IRAM-DEF 1054). Sus laterales se cubrirán con una franja de vinilo a cuadros de 160 mm. de ancho en total, formando por cuatro hileras cuadrados amarillos intercalados con otros cuadros de color negro ambos de una dimensión de 40 mm, que deberán ser colocados desde la línea inmediata de los vidrios de las puertas hacia abajo, cubriendo desde las ópticas delanteras hasta el final de los guardabarros traseros.

Además en las puertas delanteras el diseño se verá interrumpido dejando libre un rectángulo de 320 mm. Sobre el fondo blanco del vehículo llevará escrito en letras negras, con una altura de 65 mm, la palabra TAXI en tipografía Arial y debajo de dicha inscripción, con la misma altura y color se mencionará el número correspondiente de habilitación. A continuación del número de licencia aparecerá escrito en letras con alturas de 50 mm. en negro, el nombre de la ciudad de Berisso en mayúsculas con tipografía Arial, pudiendo ser pintado o ploteado. Tanto los frentes como la parte trasera también llevarán los diseños a cuadros.

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La misma normativa rectifica que los vehículos pueden tener una antigüedad máxima de quince años y para determinarla se tomará como referencia el año calendario. Cuando la unidad atraviese por los períodos de doce y trece años de uso deberá, además de cumplimentar con las obligaciones emergentes de la normativa, realizar anualmente una inspección técnica privada, previo pago de la Tasa establecida en la Ordenanza Impositiva vigente, en el área de la Dirección de Transporte dependiente de la Secretaría de Gobierno, a la que deberá concurrir con la VTV aprobada.  Asimismo, durante el período que comprende los años 14 y 15 de antigüedad, dicha verificación deberá realizarse semestralmente.

Nuevo marco de legalidad

También en relación a la actividad del sector, se sumó el Artículo 24 bis a la Ordenanza 2322/99, por medio del cual se creó el Contrato de Administración de Habilitación de Taxi.

“Con el fin de reconocer a los usos y costumbres como fuente de derecho, la comuna reconoce el uso de la figura del Contrato de Administración de Habilitación de Taxi, sin necesidad de transferencia, para lo que se deberán cumplir una serie de requisitos”, se lee en el texto recientemente aprobado.

Con este paso se legaliza el ‘alquiler de licencias’ que era de hecho moneda corriente en el sector, pese a no estar formalmente instituido.

Para cumplir con el trámite se deberá contar con la firma certificada de las partes, determinado por la figura del titular de la habilitación por un lado y el ‘administrador’ por el otro. Para esto se ofrecerá fecha cierta de contrato, no pudiendo realizarse por un período superior a veinticuatro meses, se requerirá que la habilitación se encuentre acorde a las normativas vigentes y que no exista otro contrato de similares características vigente.

Será la Dirección de Transporte el área encargada de llevar adelante estos trámites, cuya inscripción registral será condición necesaria para el reconocimiento de la calidad del administrador.

Por otra parte, se decidió incorporar a la Ordenanza Municipal 2322/99 la transmisibilidad de los derechos y obligaciones emergentes. Se dispuso así que celebrando el acuerdo e inscripto en el Registro de Contratos de Administración de Habilitación de Taxi, el administrador asumirá al solo efecto legal, la responsabilidad civil, penal o tributaria emergente, pudiendo administrar y utilizar la habilitación del taxi para sí. Cabe aclarar en este punto que la cláusula no limita lo que las partes hayan estipulado en privado.

“Con estas modificaciones se legalizó lo que era el alquiler. El Municipio ahora puede llevar adelante este tipo de acuerdos para dejar atrás esa ilegalidad y es muy importante porque lleva tranquilidad a los titulares. La Dirección de Transporte hace de intermediario, según lo que establece la Ordenanza, en la oficina que está detrás del Polígono Industrial, en Avenida Montevideo y 2”, repasó Rotondo, precisando que el trámite administrativo tiene un costo de 3.000 pesos y que los valores de los contratos quedan supeditados a lo convenido entre las partes interesadas.

Publicidad

En el paquete de actualizaciones relacionadas con la normativa, también se incorporó al Artículo 51 a la misma Ordenanza, para que los vehículos taxímetros puedan exhibir publicidad comercial en su interior, sobre los techos y las superficies vidriadas (exclusivamente en la parte trasera).

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Abierta esta posibilidad, se aclaró oficialmente que no podrá haber en estos soportes publicitarios “contenido de carácter político partidario, publicidad o propaganda electoral, publicidades de bebidas alcohólicas, de cigarrillos, de niños, niñas, adolescentes y toda publicidad que promueva, facilite, divulgue, financie o incentive el trabajo infantil, la explotación sexual o la violencia contra las personas y los animales”.

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