INFORMACIÓN GENERAL

Aislamiento Fase I

Transcurre el plazo para la renovación obligatoria del permiso de circulación

13:19hs
lunes 29 de junio, 2020


Entre hoy y mañana deberán hacer el trámite trabajadores de actividades esenciales y productivas autorizadas. Desde el miércoles, la circulación quedará restringida al máximo.


Desde este miércoles, conforme a lo dispuesto por el gobierno nacional, sólo podrán circular y movilizarse en los municipios que componen el AMBA quienes pertenezcan a alguno de los grupos exceptuados. Por eso, entre hoy y mañana deberán renovar su nuevo certificado de circulación.

Sólo podrán renovar el certificado aquellas personas que son parte de las actividades esenciales, actividades productivas autorizadas o quienes tienen un permiso especial para hacer un trámite urgente, un tratamiento, trasladar a sus hijos o hijas o asistir a un familiar. El certificado deberá luego exhibirse ante los operativos de control, sea impreso o en la aplicación CuidAR. Cabe mencionar además que el transporte público estará en el período de la nueva fase 1 (en principio hasta el 17 de julio) reservado exclusivamente para quienes cumplen tareas esenciales o requieran un permiso especial.

Son consideradas actividades ‘esenciales’ las administraciones públicas provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales (autoridades superiores y personal  convocado para garantizar actividades esenciales); Administración Pública Nacional (ídem detalla anterior); asistencia a adultos, niños, niñas y adolescentes; asistencia a personas con discapacidad y familiares que necesitan asistencia; atención de casos de fuerza mayor; atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos; Bomberos; Casa de la Moneda; Cascos blancos; cementerios; comercio exterior (sólo actividades impostergables); comercios minoristas de proximidad; comunicación audiovisual, radial y gráfica; crematorios; Cruz Roja; embajadas y consulados extranjeros; estaciones de servicio; farmacias y ferreterías.

Además, están exceptuados fuerzas armadas; fuerzas de seguridad; funerarias industrias de alimentación y bebidas (cadena productiva e insumos); industrias de equipamiento médico, medicamentos, vacunas e insumos sanitarios; industrias de higiene personal y limpieza; Justicia de turno; lavanderías; mantenimiento de servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones) y atención de emergencias; Migraciones; obra pública; organismos internacionales (personal acreditado en la República Argentina); plantas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica y combustibles; plantas de tratamiento o refinación de petróleo y gas; producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca; provisión de garrafas; recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos; reparto a domicilio de productos de necesidad; reparto de alimentos a domicilio; reparto de medicamentos a domicilio; reparto de productos de higiene y limpieza a domicilio; Salud; Servicio Meteorológico Nacional; servicios postales y de paquetería; supermercados mayoristas y minoristas; telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales; transporte de caudales; transporte de mercaderías y combustibles; transporte público de pasajeros; tráfico aéreo; veterinarias; vigilancia, limpieza y guardia, y yacimientos de petróleo y gas.

 






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